Hay teorías para mil cosas, para el titanic, para el 11/9, incluso hasta para Chernobyl
La del titanic dice que tres magnates, John Jacob Astor IV, uno de los hijos de Guggenheim y Straus, teóricamente tres grandes opositores a la creación de la reserva federal. El barco a grandes rasgos era de JP Morgan, dado que la White Star Line era de la International Mercantile Marine Company que era de Morgan y supuestamente Morgan iba a subirse al barco y el mismo día alegó enfermedad. El barco se hunde en 1912, en 1913 se crea la FED.
Otras incluso dicen que ni era el Titanic el que se hundió.
También una coincidencia es que años antes un escritor escribió un libro donde relata una tragedia prácticamente igual.
Es una pregunta muy simple, pero todos sabemos que las casas de apuestas (en su mayoria) viven del deporte, mas alla de otras que son mas pequeñas aunque si mueven miles de millones al año...
Son legales las casas de apuestas en todos los paises? encontramos una alternativa a ellas?
Por otro lado estan las loterias, la tinka o como la llamen en sus paises.. estas aparentan ser transparentes y legales..pero es tan asi? como sabemos que en realidad no nos comen el dinero?
Por qué es importante informarse de lo que ocurre en Chile?
La imagen que proyecta Chile en cuanto a su estallido social impacta de manera positiva para con los pueblos sudamericanos, dado que al entender el porque se lucha, nos damos cuenta de que no solo en Chile sucede, si no que debe ser el pueblo sudamericano en su totalidad la que se ve afectada.
En Chile, el pueblo esta luchando por un sinfín de injusticias e irregularidades, partiendo por casos de colusion entre grandes empresas, corrupción en política, mala repartición en el sistema de pensiones (AFP), pésimo sistema de salud, precio del transporte publico, desigualdad social, educación de mala calidad con fines de lucro, sueldo mínimo, alto costo de vida, sistema económico subsidiario... todo eso tiene como base, una constitución que fue creada en 1980 en plena dictadura militar.
Esta demás decir que el presidente tiene solo un 6% de aprobación, en donde es la clase alta quien lo respalda dado que son ellos los que buscan mantener sus privilegios.
Desde el 18 de octubre han habido manifestación constantes a lo largo del país, en donde solo ha habido represión, muertes, torturas y violencia por parte del gobierno, la policía y las FFAA, quitando el derecho a protesta que tiene cada persona como parte de los DDHH, se han violado de manera sistemática los DDHH y la prensa ha ocultado de manera permanente la verdadera información.
Asi nos manifestamos:
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Con esto nos reprimen:
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Soy chileno y este es un mensaje para el pueblo uruguayo y sudamericano para que no se dejen llevar por el modelo económico implantado en nuestros pueblos, en donde solo la elite se ve beneficiada y es la clase media y baja la que se ve constantemente perjudicada. Dejen de lado los partidos y colores políticos, porque seguramente estén todos coludidos para seguir asegurando sus bolsillos. Luchen todo lo que deban luchar, porque cuando los de abajo se mueven, los de arriba tiemblan, porque el pueblo unido, jamas sera vencido.
Categoría Forobolso:
A- tema del año
1- Política
2- Gutiérrez
3- Bobolsos
B- Anti tema del año:
1- Iván Alonso Gerente Deportivo
2- Actualidad de la Hinchada
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C- Lo mejor del Foro
1- nueva web
2- depuración de usuarios
3- integración con las redes sociales
D- Lo peor del Foro
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2- bardeo entre usuarios
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2- Julichingo
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F- Usuario más respetado
1- Michael
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3- " desierto"
G- Troll del año
1- BrunoNicolas
2- Morano
3- Sanjo
Categoría Club Nacional de Football
H- Clásico del año:
1- Supercopa
2- Intermedio
3- Final UY
I- Calentura del año:
1- Clásico EEUU, amistoso
2- empate con Boston River en Florida, Intermedio
3- derrota vs Defensor, en el Clausura
J- Dt del año
1- Domínguez
2- Gutiérrez
3- Liguera
K- Jugador del año
1- Viña
2- Mejía
3- Bergessio
L- Dirigente del año
1- Decurnex
2- Balbi
3- Sarthou
M- Parásito del año
1- Iván Alonso
2- Pastorini
3- Lorenzetti
N- Venta de humo del año
1- club social
2- bajar el pasivo
3- aumento de la cuota social
Ñ- Inversión del año
1- compra del pase de Amaral
2- dejar libre a Kevin Ramírez
3- dejar libre medio plantel 2018
O- Peor Inversión del año
1- Octavio Rivero
2- Bochita Cardaccio
3- contratación de Domínguez
P- Veterano del año
1- Rafa García
2- Chori Castro
3- Bergessio
Q- Juvenil del año
1- Santi
2- Vecino
3- Pablito García
R- Deporte Menor del año
1- Futsal
2- Voley
3- Basket
S- Periodista del año
1- Moreira
2- Basorelli
3- "Horas Claves"
T- Parodista del año
1- Diego Muñoz
2- Sonsol
3- Buysán
U- Partido del año
1- Clásico Intermedio
2- Vs Rampla
3- Final UY 2019
V- Gol del año
1-gol del Chori vs Galli en el Intermedio
2-gol de Papel vs Rampla en el Clausura
3-gol de Zunino vs la Galli en Final UY
W- Atajada del año
1- atajada (varias) de Conde, Supercopa
2- atajada de Mejía, vs Progreso, Clausura
3- atajada de Mejía, vs Galli, Final UY
X- Hecho del año
1- Clásico Femenino en el Parque
2- reinicio de las obras en el Parque?
3- quitar la confianza al Ejecutivo AUF
Y- Partido Internacional del Año:
1- vs Inter de local, Libertadores
2- vs Atlético Mineiro de visitante, Libertadores
3- vs Atlético Mineiro de local, Libertadores
Z- Premio Forobolso de Oro 2019 (libre) :
Política
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@pasiontricolor A ver, sin duda que la medición del IPC no es perfecta. Pero te da un parámetro para evaluar de como avanza el salario en relación a los precios. La metodología es la misma ahora que en los 90, así que la comparación es justa.
Después estoy de acuerdo que en los 60/70 el salario era mejor que ahora. Por eso mismo siempre digo que una cosa es el capitalismo de los 50/60/70 y otra cosa es el capitalismo actual.
Lastima que ahora vivimos en la era del neoliberalismo, y eso ya escapa bastante las posibilidades del Gobierno uruguayo, es un tema de funcionamiento de la economía global.
Dentro de nuestras posibilidades es innegable que como trabajadores no esta yendo mucho mejor ahora que en los últimos 30 años.
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@agubolso10 solo citaste un párrafo de la ley que en ningún lado habla de que a un niño (persona hasta los 13 años de edad según código de la niñez y adolescencia) se lo puede considerar un trans.
Si te molestás en leer el código en cuestión y los artículos 8 y 11 que citaste (por lo cual deberías haberlo leído) podrás ver qué:
Artículo 8º. (Principio general).- Todo niño y adolescente goza de los derechos inherentes a la persona humana. Tales derechos serán ejercidos de acuerdo a la evolución de sus facultades, y en la forma establecida por la Constitución de la República, los instrumentos internacionales, este Código y las leyes especiales. En todo caso **tiene derecho a ser oído y obtener respuestas cuando se tomen decisiones que afecten su vida.
Te dejo el link: https://legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/leytemp4348663.htm
Sobre las intervenciones quirúrgicas te cito el texto de la ley:
Art. 17. Todas las personas mayores de 18 (dieciocho) años de edad podrán, conforme a la presente ley, acceder a intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o a tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, de acuerdo a su identidad de género autopercibida, sin
necesidad de requerir autorización judicial o administrativa.
Para el acceso a los tratamientos integrales hormonales, no será necesario acreditar la voluntad de intervención quirúrgica de reasignación genital total o parcial. En ambos casos se requerirá, únicamente el consentimiento informado de la persona.
Para el caso de personas menores de 18 años se regirá por el mismo criterio establecido en los incisos 7 y 8 del artículo 5 de la presente ley,Vamos a esa parte:
Las personas menores de 18 años de edad deberán concurrir a realizar la solicitud de adecuación registral de nombre y sexo acompañadas de sus representantes legales, o acreditando el conocimiento de éstos de
la realización del trámite, y en todo caso prestando su anuencia expresa al mismo. En caso de no obtener la anuencia de sus representantes legales, la persona solicitante podrá recurrir a la vía establecida en el artículo 110 del Código Civil y 404 del Código General del Proceso, donde se deberá
tener en cuenta el interés superior del menor y lo establecido en la Convención Sobre los Derechos del Niño, y será de aplicación lo establecido en el artículo 8 de la Ley 17.823.A ver qué dicen esos artículos:
Artículo 110 del Código Civil : “Cuando el consentimiento para el matrimonio se niegue por la persona o personas que deben prestarlo, habrá recurso ante el Juzgado competente, para que declare irracional el disenso.” (se aplica lo mismo para el cambio de identidad)
O sea, lo tiene que ver un tribunal especializado el caso
Artículo 404 Código del Proceso Penal : “1 La solicitud se presentará por los interesados, conforme con las normas generales relativas a la demanda, acompañando los medios de prueba de que piensen valerse e indicando toda persona que, en su concepto, pueda estar interesada en el diligenciamiento del asunto. 2 Presentada la solicitud, se oirá al Ministerio Público y a las personas designadas, por el término fijado para los incidentes. Si mediare oposición del Ministerio Público, de las personas designadas por el solicitante o de cualquier tercero, y el tribunal considera que ella plantea una cuestión de tal importancia que obsta a todo pronunciamiento en la jurisdicción voluntaria, clausurará el proceso y mandará que los interesados promuevan las demandas que entiendan pertinentes. En caso contrario, las oposiciones serán resueltas en la interlocutoria que ponga fin al proceso. 3 Vencido el término, el tribunal convocará a los interesados y al Ministerio Público a la audiencia, que se celebrará aunque sólo concurra el que inició el proceso. En la misma providencia dispondrá el diligenciamiento de los medios de prueba correspondientes. En la audiencia se diligenciará la prueba y se oirá al interesado y a los otros sujetos que concurran, para la conclusión de causa. 4 Se oirá al Ministerio Público, si hubiere concurrido a la audiencia. 5 El tribunal resolverá aprobando o rechazando la información producida o declarando lo que corresponda, según el objeto del procedimiento, pronunciando resolución. 6 Serán de aplicación al proceso voluntario, en lo pertinente, las disposiciones de este Código, sobre procesos contenciosos.”
Viste? No cuesta nada hacer los deberes.
Por otra parte, la palabra "mutilación" significa "Separación o corte de un miembro o una parte del cuerpo de un ser vivo que se produce en circunstancias violentas.".
Si a una operación que no es imprescindible para vivir le decis "mutilación" te conmino a ir a cualquier sinagoga a denunciar que mutilan bebés en un proceso milenario llamado "circuncisión". No te veo tan horrorizado al respecto y no creo que te de para denunciar a la colectividad que lo promueve.
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la gente se va para no perder calidad de vida jajaja esa si que es la máxima
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Está picado esto. Se debaten muchos hilos a la vez. Yo prefiero ahora concentrarme en el tema de la ley trans porque el 4 de Agosto tendremos que concurrir a las urnas a votar o no concurrir directamente y a favor o en contra debemos tener una posición frente a la ley si queremos ser ciudadanos responsables.
Por eso leí la ley y gracias a quienes publicaron la cadena explicativa de los motivos para derogarla, pude leer esa buena exposición y reforzar y complementar la información que tenía.
Yo creo que la gente trans efectivamente ha sido segregada por la sociedad en el pasado y que en una sociedad que pretendamos que sea más justa debemos tener leyes que le den la posibilidad de coexistir en un plano de igualdad dentro de la sociedad y les permita ejecer sus derechos como a cualquier otra minoría social que lo necesite.
El problema que le veo a la ley es que en vez de ponerlos en un pie de igualdad los pone en un pie de ventaja, pasandose para el otro lado y violando el art. 8 de la constitución que dice: "8.- Todas las personas son iguales ante la ley no reconociéndose otra
distinción entre ellas sino la de los talentos o las virtudes.". Para mi ser trans es como ser muy alto o muy petiso y no es ni un talento ni una virtud, simplemente una cualidad, por lo cual la condición de trans no habilita a las personas a ser puestas por debajo ni por encima de los demás, sino en el mismo pie de igualdad.
La ley trans (19684) viola en muchos articulos la constitución y pasaremos a analizarlos:
Art. 10 ley 19684: "(Régimen reparatorio).- Establécese un régimen reparatorio para las personas trans nacidas con anterioridad al 31 de diciembre de 1975, que acrediten en forma fehaciente que por causas relacionadas a su identidad de género, fueron víctimas de violencia institucional o privadas de su libertad, habiendo sufrido daño moral o físico, así como impedidas del ejercicio pleno de los derechos de la libre circulación, acceso al trabajo y estudio, debido a prácticas discriminatorias cometidas por parte de agentes del Estado o de quienes sin serlo hubiesen contado con la autorización, apoyo o aquiescencia de los mismos". Más allá de que probablemente pocos se beneficien de este articulo, ¿que ocurre con aquellos que por causas ajenas a ser trans " fueron víctimas de violencia institucional o privadas de su libertad, habiendo sufrido daño moral o físico, así como impedidas del ejercicio pleno de los derechos de la libre circulación, acceso al trabajo y estudio, debido a prácticas discriminatorias cometidas por parte de agentes del Estado o de quienes sin serlo hubiesen contado con la autorización, apoyo o aquiescencia de los mismos"? En este caso, que para mi no es muy diferente al del trans ¿hay indemnización? Creo que no y es discriminatorio.
Articulo 12: "(Porcentaje de puestos de trabajo a ocupar en el año).- El Poder Ejecutivo, el Poder Judicial, el Poder Legislativo, el Tribunal de Cuentas, la Corte Electoral, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, los Gobiernos Departamentales, los Entes Autónomos, los Servicios Descentralizados y las personas de derecho público no estatal, deben destinar el uno por ciento de los puestos de trabajo a ser llenados en el año, con personas trans que cumplan con los requisitos normativos para acceder a los mismos". Es cierto que un 1% es un porcentaje bajo, pero en algún caso si sos trans conseguis el trabajo y si no lo sos no. Afecta a pocos, pero a mi juicio viola los derechos constitucionales de alguno.
Articulo 17: "(Becas y apoyos estudiantiles).- Los órganos, organismos e instituciones que asignen becas y apoyos estudiantiles a nivel nacional y departamental, cualquiera fuere su fuente de financiamiento, deben prever cupos del 2% (dos por ciento) para personas trans, siendo de aplicación en lo pertinente lo establecido en los artículos 202 y 204 de la Constitución de la República.El Ministerio de Educación y Cultura, en su calidad de administrador de la Beca Carlos Quijano creada por el artículo 32 de la Ley N° 18.046, de 24 de octubre de 2006, en la redacción dada por el artículo 201 de la Ley N° 18.834, de 4 de noviembre de 2011, otorgará un mínimo de un 8% (ocho por ciento) del fondo a personas trans, que asegure en todo caso al menos un cupo. De no contarse con postulantes suficientes dentro de esta cuota, se utilizarán los recursos remanentes para el resto de los candidatos". Nuevamente, siendo bajos los porcentajes, ser trans beneficia debido a la ley.
articulo 21: "(Derecho a la atención integral).- Toda persona trans tiene derecho a una atención integral para adecuar su cuerpo a su identidad de género, que comprenda como mínimo todos los programas y prestaciones que se determinen de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley N° 18.211, de 5 de diciembre de 2007 (Sistema Nacional Integrado de Salud), incluidos los tratamientos médico quirúrgicos.Los derechos y obligaciones de las personas trans respecto de los tratamientos, programas y prestaciones referidos en el párrafo anterior, se regirán en lo pertinente por lo dispuesto en los artículos 8° y 11 bis de la Ley N° 17.823, de 7 de setiembre de 2004 (Código de la Niñez y Adolescencia) y en las disposiciones contenidas en la Ley N° 18.335, de 15 de agosto de 2008 (Derechos y Obligaciones de Pacientes y Usuarios de los Servicios de Salud) y su reglamentación.
Para que las personas menores de dieciocho años accedan a intervenciones quirúrgicas genitales irreversibles con el fin de adecuar su cuerpo a su identidad de género, la autorización o la anuencia de los representantes legales será de precepto". Este articulo presenta dos problemas: a) el mencionado problema de la igualdad. Si un trans quiere adecuar su cuerto a su idea de como debe ser el mismo para ajustarse a su identidad mental, se le debe costear la operación por parte del Estado. Si por ejemplo, se trata de una mujer que quiere hacerse las lolas para ajustar su cuerpo a su identidad mental, tiene que pagarse ella la operación de su bolsillo. No hay igualdad. b) No se protege al ciudadano. Que se permita a los trans a hacerse cambios irreversibles en su cuerpo para que se adecuen a su identidad sexual está bien a partir de la mayoría de edad, que es cuando se supone jurídicamente que estan en pleno uso de su consciencia y sus facultades mentales. La ley debería exigir que esperen a cumplir esa mayoría de edad. Eso al menos pienso yo.
articulo 22 inciso 2º: "Considérase de interés general la incorporación de la perspectiva de la identidad de género e identidades trans, en los programas y políticas que garantizan el acceso a soluciones habitacionales". Si bien no pone directament un porcentaje, es una invitación a quienes realizan las políticas y programas de soluciones habitacionales a que se le asigne un porcentaje a los trans para ingresar y eso no lo veo bien. Una cosa es que se prohiba que por ser trans no te den una vivienda y otra que por ser trans te den preferencia para obtener una. Nuevamente, estoy dando mi opinión.
Después está el problema de la violación del art. 41 de la constitución, que dice : "El cuidado y educación de los hijos para que éstos alcancen su plena
capacidad corporal, intelectual y social, es un deber y un derecho de los
padres. Quienes tengan a su cargo numerosa prole tienen derecho a auxilios
compensatorios, siempre que los necesiten.
La ley dispondrá las medidas necesarias para que la infancia y
juventud sean protegidas contra el abandono corporal, intelectual o moral
de sus padres o tutores, así como contra la explotación y el abuso". El inciso 3º del articulo 6 de la ley 19.684 dice: "Para el caso de menores de edad que no obtengan la anuencia de sus representantes legales o sea imposible obtenerla de quien debe prestarla, podrán recurrir a los mecanismos previstos en los artículos 110 del Código Civil y 404 del Código General del Proceso, concordantes y complementarias, debiéndose tener en cuenta el interés superior del menor, siendo de aplicación lo establecido en la Convención Sobre los Derechos del Niño y en los artículos 8° y 11 bis de la Ley N° 17.823, de 7 de setiembre de 2004 (Código de la Niñez y la Adolescencia)" y con esto, claramente viola la constitución de la República.
¿Que pasa con las personas trans si se deroga la ley 19.684? Pasa que se anula el art. 24 de la ley referida y vuelve a entrar en vigencia la ley N° 18.620, de 25 de octubre de 2009, que también corresponde a periodo en que el FA gobernó con mayorías parlamentarias. La ley 18.620 a su vez dice:
https://legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/leytemp3824335.htm
O sea que no quedan sin derechos, simplemente quedan sin beneficios por ser trans.
En mi opinión la ley 19.684 otorga privilegios y por eso yo voy a votar para que se derogue. El resto que haga lo que su consciencia le dicte. -
@sanjo Gracias por darme la razón.
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Este msj hay que leerlo de abajo para arriba, porque ya con que diga trans y privilegios da para ahorrarse todo lo que viene después.
Privilegio es cobrar 5000 pesos por día por ser senador por portar un apellido y faltar siempre y seguir cobrando. Privilegiados los que solo tuvimos que ir a estudiar y después salir a buscar trabajo siendo personas cis.
Ojalá la vida se encargue de devolverles todo lo que siembran.
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Este msj hay que leerlo de abajo para arriba, porque ya con que diga trans y privilegios da para ahorrarse todo lo que viene después.
Privilegio es cobrar 5000 pesos por día por ser senador por portar un apellido y faltar siempre y seguir cobrando. Privilegiados los que solo tuvimos que ir a estudiar y después salir a buscar trabajo siendo personas cis.
Ojalá la vida se encargue de devolverles todo lo que siembran.
No existen impedimentos legales, jurídicos o institucionales públicos o privados en nuestro Estado que impidan que una persona trans pueda lograr lo que la ley les adjudica incluso con artículos con conceptos inconstitucionales.
Lo que existe son prejuicios sociales que pueden llegar a dificultar el desarrollo personal de ciertas personas trans(seguramente no todos), sobre todo y hablando del ámbito laboral precisamente en el sector privado.Por lo dicho, esto se convierte en una problemática social a discutir en el área de desarrollo social, cultural y educativo y muy lejos del ámbito legislativo.
En esto ultimo ocurrió todo lo contrario y se llevo el tema a un ámbito político electoral, donde ciertos personajes izaron bandera como se hace con otras problemáticas en la que esta sumergido el país y desvirtúan totalmente el verdadero mensaje que se debe entregar a la sociedad.
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@pasiontricolor Ta zarpado querer discutir de política y no saber lo que es la inflación ni el salario real.
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lei en Instagram, que no son mas de 15 20 personas, hasta ahí ninguna duda pero dice que todas son mayores de 42, lo cual indica que alguna de ellas tiene 42
2019-42=1977 lo que me da que la persona al fin de la dictadura en el 85 tenia 8 años, cuando en la dictadura los crímenes mas grandes fueron hasta el 81 supongo
o sea, si es por temas de la dictadura tienen que ser personas que hoy tengan arriba de 55
yo no soy anti ley, pero solo espero que chanchadas no hayan -
"En Uruguay existen 853 personas trans en todo el país, según el censo que realizó el gobierno en 2016. Únicamente el 16% de ellas tiene más de 50 años. A partir de estos datos, el Mides corroboró qué registros policiales y militares existía, relacionado con las detenciones que se hicieron durante la dictadura de homosexuales o de “travestis”, como se les llamaba en aquel entonces. “En el caso extremo, como muchísimo y tirando para arriba, habría entre 150 o 180 beneficiarios, pero es necesario ajustar los números porque al día de hoy, por ejemplo, ya han muerto muchas de las personas que consideramos”, apuntó Graña.
El jerarca optó no adelantar el costo económico anual que supondría la pensión trans para el país. “Prefiero no difundirlo ahora mismo porque no creo que sea oportuno. Si bien el cálculo lo tenemos, preferimos afinar el número de beneficiarios porque no es lo mismo comunicar el monto que supone la pensión para 40 o que 160 personas”, agregó el representante del Mides."
El Observador
"Las personas que nacieron antes del 31 de diciembre de 1975 y que por su identidad de género fueron víctimas de violencia institucional o fueron privadas de libertad por las fuerzas de seguridad o por disposición judicial –sin haber cometido ningún delito sino por su identidad de género– podrán solicitar una reparación. Se considerará esta pensión en los casos en que estos actos hayan generado daño psicológico, moral o físico. También si hubo prácticas discriminatorias del Estado que hayan limitado la educación, el trabajo, la libre circulación u otros derechos.
Además de tener que demostrar fehacientemente haber atravesado por estas situaciones, no tendrán derecho a percibir la prestación establecida en el presente artículo las y los titulares de una jubilación, pensión, retiro o subsidio transitorio por incapacidad parcial, salvo que opten por la prestación reparatoria. Tampoco podrán acceder a este beneficio quienes perciban ingresos de cualquier naturaleza superiores a 15 bases de prestaciones y contribuciones mensuales."
La Diaria
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el año para mi debería ser mas bien 1965, es un detalle nomas
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Yo no sé. Teniendo en cuenta que a los 12, 13 años ya te mandaban para adentro los milicos por maricón o comunista, capaz que 72, 73 estaba bien. De todos modos, tienen que probar los abusos fehacientemente y aparte hay registros.
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FA cuando se debate aumentar penas a homicidas de 17 años: "ningún pibe nace chorro", son gurises.
FA cuando se debate hormonizar personas de 14 años: ya están grandes para poder decidir sobre sus acciones. -
No es descabellado, teniendo en cuenta la doctrina de identidad de género y la falta de empleo que hay y se prevee va a haber en el país, que aparezcan nuevos "trans".
Porque de acuerdo a la doctrina de identidad de género la forma de ser hace al género. Una mina marimacho o un tipo amanerado, aún siendo heterosexuales, pueden definirse como "trans" eligiendo uno de los 100 o 200 géneros, o directamente inventando uno nuevo. Si seguimos esa disparatada doctrina ni siquiera es una avivada, es algo perfectamente correcto. Y teniendo en cuenta que es lo que profesa el partido que hoy gobierna... -
@gauzabolso dijo en Política:
No es descabellado, teniendo en cuenta la doctrina de identidad de género y la falta de empleo que hay y se prevee va a haber en el país, que aparezcan nuevos "trans".
Porque de acuerdo a la doctrina de identidad de género la forma de ser hace al género. Una mina marimacho o un tipo amanerado, aún siendo heterosexuales, pueden definirse como "trans" eligiendo uno de los 100 o 200 géneros, o directamente inventando uno nuevo. Si seguimos esa disparatada doctrina ni siquiera es una avivada, es algo perfectamente correcto. Y teniendo en cuenta que es lo que profesa el partido que hoy gobierna...Hecha la ley...
Por eso predicamos por igualdad. Para que ningún sexo sea beneficiado. ¿Cómo puede ser que una mujer que aporta menos años, que tiene más tiempo de licencia maternal, y mayor esperanza de vida se pueda jubilar antes? -
@gauzabolso dijo en Política:
No es descabellado, teniendo en cuenta la doctrina de identidad de género y la falta de empleo que hay y se prevee va a haber en el país, que aparezcan nuevos "trans".
Porque de acuerdo a la doctrina de identidad de género la forma de ser hace al género. Una mina marimacho o un tipo amanerado, aún siendo heterosexuales, pueden definirse como "trans" eligiendo uno de los 100 o 200 géneros, o directamente inventando uno nuevo. Si seguimos esa disparatada doctrina ni siquiera es una avivada, es algo perfectamente correcto. Y teniendo en cuenta que es lo que profesa el partido que hoy gobierna...Ahora te podes cambiar a mujer. Y no veo que se hagan muchas de esas jugadas.
Además el cambio se puede hacer una sola vez. Por lo que no creo, que haya muchos dispuestos -
@Matu_Bolso dijo en Política:
Los fachitos estan como locos porque Talvi voló a Bordaberry.
El partido colorado casi desaparece con Bordaberry, Talvi lo levantó de una forma insospechada, lo pone a tiro como pa pelear el ballotage, pero los miliqueros muestran la hilacha enojandose porque toma una decisión acertada. Me encanta lo de Ernest
Bordaberry es de lo políticos más capacitados del país, si no es el más, lo condenan las focas por el apellido.
¿Y?
Hace 2 años mando un mail avisando que renunciaban e hizo una epopeya de su despedida. El partido colorado con un 6%.
Le rogaron que no se vaya (desde Vamos Uruguay) y se mantuvo firme. Ahora quiere reaparecer cuando el partido revive cuando nadie lo pensaba gracias a otros 2 candidatos y se quiere colgar de la teta. Preguntó, le dijeron que no y salió a llorar a todos los canales, dañando la interna del partido. Capo el Borda.
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Vote a Talvi en la interna. Vote al FA en otras elecciones. Ustedes buscan desmerecer argumentos con la lógica “foca” jajajaja. Se supone que acá se debate.
El que sigue comparando la crisis del 2002 con ahora no solo es un fanatico, sino que es una lacra. Mi familia y la de muchos quedó partida en dos continentes.
Aborrezco los zurditos Fanaticos como los contra de profesión o los liberalotes que consumen Millei. Ambos están cegados por el fanatismo y me divierten mucho.
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Pensar que en el gobierno de Lacalle mataron a Villanueva Saravia, incendiaron UTE y le dispararon a manifestantes con balas vivas. Que en el gobierno de Sanguinetti operaban grupos paramilitares, secuestraron al chileno Berrios y lo mataron.
Ah pero Venezuela...!